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Rivero Y.
ocupando el centro de los dos más antiguo, el rector y el vicerrector a su izquierda
hasta la capilla o lugar más público destinado al efecto en el mismo edificio
de la Universidad. Asimismo, establecía que cuando el Rector, Vicerrector y
universitarios hayan ocupado sus asientos respectivos, tomará el suyo el graduando
en medio de la sala o capilla y después que el Rector haga señal por el toque de
la campanilla el graduando se pondría de pie y después de una breve discurso en
latín, concluirá pidiendo el grado, y el Rector dirá: “ACCEDAS” en cuyo acto el
maestro de ceremonias acompañado de los dos bedeles, le conducirá a la mesa del
Rector y pronunciará: “Ego N. spondeo obedire et servare instius Universitatis
estatuta muneraque implere ad me spectantia por prima (secunda aut tertia)
laurea in Philosophia(vel Teología, Jure civili, canonico aut Medicina) et quantum
in me erit curaturum juventutem edocere publicamque perficere educationem.
Seguidamente el Rector le conferirá el grado pronunciando las siguientes
palabras: “Ego N…. (Dr. In tale facultate) lejis autoritate, et Republicae nomine,
constituo et declaro te Bachalaureum (Licenciatum vel Doctorem) et concedo
tibi omnes facultates et jura quce his qui ad hune gradum promovertur concedi
solent y le añadirá al invertirle la borla: “In primis pilleum capiti tuo impono” y al
colocarle el anillo en el dedo índice de la mano izquierda, después que el padrino
le haya presentado el anillo dirá: “Insero digito tuo annulum scientiae splendoris
signum”. Seguidamente de pronunciar esta formula el Rector abrazará y felicitará
al graduando, y todo los demás deben hacer lo mismo. Luego el graduando es
conducido por el maestro de ceremonias y los bedeles hasta el asiento que le
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corresponderá por su grado. Tanto el maestro de ceremonia como los bedeles
deberán ocupar sus respectivos puestos y el graduando se levantará y dará las
gracias a la Universidad en una breve arenga y terminada el Rector concluirá el
acto con un toque de campanilla, retirándose a la sala de la Universidad con los
concurrentes.
En lo concerniente al título que se ha de otorgar al graduando, deberá
extenderse en idioma latino y será firmado por el Rector y los dos catedráticos
más antiguos de la facultad, refrendado y registrado por el secretario, estampando
el sello de la Universidad al margen antes de la firma del Rector. El código de
Instrucción Pública de 1843 estuvo vigente hasta su derogación por la Ley sobre la
organización de la Instrucción Pública del 18 de abril de 1854, en la cual no hubo
modificaciones importantes para el funcionamiento de nuestras Universidades y
que permaneció intacta hasta que el presidente Julián Castro dictó un decreto que
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