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La ley de cajas de ahorro, fondos de ahorro y asociaciones de ahorro...
c) Los empleados y funcionarios de la Superintendencia de Cajas de Ahorro
no se rigen por la Ley general respectiva, sino por el Estatuto de Personal
dictado por el Superintendente.
9.5. Competencia:
Además de las establecidas a través del texto legal, se detallan otras 17
atribuciones de la Superintendencia y 13 del Superintendente respecto de las cajas,
fondos y asociaciones de ahorro, todo lo que conforma un cuerpo absolutamente
desproporcionado de facultades sobre estas instituciones, entre las que destacan:
una amplísima potestad normativa; fiscalización de libros, documentos, sistemas
y equipos de computación; información y registro; convocatoria y asistencia a
asambleas y reuniones; suspensión de las asambleas; prestar asesoría a solicitud
de parte; otorgar, suspender o revocar la autorización para efectuar operaciones
permitidas; ordenar el régimen de las reservas y de los estados financieros, dictar
cursos a los directivos de las asociaciones; establecer vínculos de cooperación con
organismos de control, etc..
9.6. Sanciones:
La Ley otorga a la Superintendencia la potestad de imponer –una vez
comprobaba la contravención y de manera motivada- las siguientes sanciones:
a) Amonestación privada o pública a los directivos por la realización
extemporánea de las elecciones y por el incumplimiento de los plazos de las
medidas ordenadas por la Superintendencia; y a los contadores públicos y
administradores por problemas en la contabilidad;
b) Multas a personas, calculadas en unidades tributarias (entre 50 y 500)
de acuerdo a las circunstancias de la infracción, reincidencia y grado de
responsabilidad, impuestas a: los directivos y contadores, por irregularidades
en los estados financieros. Los directivos, por incumplimiento de las
circulares y providencias dictadas por la Superintendencia; de lo establecido
en los estatutos y reglamentos internos; por la falta de notificación a la
Superintendencia de la convocatoria de asambleas y de declaración jurada de
patrimonio de los directivos, y por solicitud de financiamiento externo y por
otorgar préstamos a terceras personas además de la remoción del cargo.
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