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La ley de cajas de ahorro, fondos de ahorro y asociaciones de ahorro...
1.2. Finalidad y objeto de la Ley:
a) Finalidad: reconocer el derecho de todo tipo de trabajador y de las
organizaciones de la sociedad para desarrollar asociaciones de ahorro; el
fortalecimiento de las actividades de las mismas y asegurar la protección del
Estado, todo ello con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país.
b) Objeto: establecer y regular la constitución, organización y funcionamiento
de las asociaciones de ahorro.
1.3. Ámbito
a) Orgánico: la ley se aplica a las cajas de ahorro, los fondos de ahorro y a
las asociaciones de ahorro similares, entre las que incluye: los Institutos de
Previsión Social, los Planes de Ahorro y las Asociaciones de Ahorristas. Se
aplica, además, a las asociaciones o personas jurídicas cualquiera que fuese,
siempre que tengan características similares, no obstante la denominación
que adoptaren. Corresponde a la Superintendencia de Cajas de Ahorro
determinar las entidades que –por la naturaleza de las actividades que
realicen- queden sometidas a dicha Ley.
La propia Ley exceptúa de su aplicación a las asociaciones de carácter
comunitario y a las Cajas Rurales, las que se sujetan exclusivamente a sus propios
estatutos y/o reglamentos
b) Material: la ley regula la constitución, la organización y el funcionamiento
de las cajas de ahorro, los fondos de ahorro y las asociaciones de ahorro
similares. Además, regula la organización y el funcionamiento de la
Autoridad Pública de Aplicación (Superintendencia de Cajas de Ahorro).
1.4. Sujeción a la ley:
a) Forma: la Ley no impone un plazo de ajuste obligatorio de los estatutos de las
cajas, fondos y asociaciones de ahorro similares a ella, pero la Disposición
Transitoria Única las obliga a inscribirse en la Superintendencia de Cajas de
Ahorro en un plazo de noventa días desde la publicación de la Ley, bajo pena
de sujeción a vigilancia de administración controlada, hasta tanto se realice
el registro, plazo que nos parece muy corto y que no producirá el efecto
deseado;
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