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40 González R., Javier1y Rahme C., Karime. REGIMEN JURÍDICO DE LAS UNIONES ... pp. 35-57
cho a un nuevo nombre debido a las tres razones siguientes:
1. Según el artículo 56 de La Constitución toda persona tiene
derecho a un nombre propio.
2. Se cumple con todos los requisitos y extremos señalados en el se-
ñalado artículo 146 de la Ley de Registro Civil, considerando que
el cambio de sexo es irreversible y significa un acto que permite el
libre desarrollo de la personalidad.
3. El nombre es un medio de identificación fundamental, y en tal
sentido, tiene una doble función: por una parte el nombre rep-
resenta un derecho de las personas en afirmarse “como individu-
alidad distinta de los demás” y por la otra, la sociedady el Estado
tienen interés de poder determinar la identidad de cada “persona
porque sin ello, en muchos casos, sería imposible determinar si
es o no titular de los derechos que pretende o de los deberes que
se le exigen”(Aguilar, 207, p. 159). Permitir el cambio de nombre
de un transexual significaría que el nombre cumpla con su doble
y relevante función de identificación.
Sin embargo, el Tribunal Supremo de Justicia debe pronunciarse al respec-
to, y no lo ha hecho hasta el momento en el que se redactó este artículo.
2.2. LA INCLINACIÓN SEXUAL
El segundo elemento que estudiaremos aquí es el de la orientación sexual
o inclinación sexual. La orientación sexual se refiere al tipo de atracción
sexo-afectiva que tiene una persona con relación a otra. Según la orien-
tación sexual, las personas pueden ser heterosexuales, homosexuales o
bisexuales.
A. La heterosexualidad se presenta cuando las mujeres o los hombres
sienten deseo sexual, erotismo y necesidad de entablar una relación
amorosa con personas del sexo opuesto. En otras palabras, son het-
erosexuales las mujeres que obtienen placer sexual y poseen afinidad
afectiva de pareja con los hombres y viceversa. La capacidad repro-
ductiva del ser humano se ve natural y completamente desarrollada
entre dos personas de sexos diferentes. El derecho civil ha regulado
las relaciones heterosexuales desde la antigüedad y sobre todo desde