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ANUARIO DE DERECHO. Año 31, N° 31. Enero-diciembre 2014. Mérida-Venezuela.   133
            ISSN:0076-6550.
            por dos instancias académico-administrativas:

            a. La Comisión Central del servicio comunitario. Instancia adscrita al Vi-
            cerrectorado Académico, encargada de gestionar, administrar, coordinar
            y velar por el cumplimiento de las actividades del servicio comunitario de
            toda la Universidad de Los Andes quien se encargará de proponer ante
            el Vicerrectorado Académico las políticas, los lineamientos y las estrate-
            gias académicas para la correcta instrumentación de las actividades del
            servicio comunitario, en cuanto a su filosofía, reglamentación, programas
            y proyectos e implementar una política de promoción con el objeto de
            concienciar en la población universitaria la importancia del servicio co-
            munitario.También se encarga de la planificar, coordinar y elaborar junto
            con las comisiones del servicio comunitario de las facultades y de los nú-
            cleos, actividades preparatorias para la formación social de estudiantes,
            profesores y personal de apoyo, en forma de cursos, talleres y seminarios,
            antes del inicio de los proyectos comunitarios. Igualmente, debe desarro-
            llar programas de formación y capacitación del personal docente tanto en
            la prestación del servicio comunitario como en la metodología pedagógi-
            ca del aprendizaje-servicio.


            Por otra parte, esta Comisión debe estar integrada por un coordinador
            general, por los coordinadores de las Comisiones Sectoriales de las facul-
            tades y de los núcleos, por el coordinador de la Comisión de Desarrollo
            del Pregrado, por el coordinador de la Comisión Central del Currícu-
            lum y por un representante estudiantil. El representante estudiantil y su
            suplente serán elegidos entre los representantes estudiantiles de las co-
            misiones sectoriales del servicio comunitario de las distintas facultades
            y núcleos.


            b. La Comisión Sectorial del Servicio Comunitario de las facultades y de
            los núcleos.
                 Es la encargada de organizar e instrumentar el servicio comunita-
                 rio de los estudiantes de pregrado y de cada programa académico
                 en las facultades y núcleos respectivos. La Comisión Sectorial  se
                 encontrará integrada como mínimo por cinco miembros: a saber,
                 un coordinador designado por el Consejo de Facultad o Consejo
                 Académico de los núcleos a proposición del decano o vicerrector
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