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Bolaños, M. Los fines del Derecho Penal. Una aproximación
178 desde la Filosofía Política / pp. 161-180.
razón suficiente para hacer descansar la conciliación o el equilibrio entre
ambos, en un concepto no tangencial, pasajero ni utilitario, sino en una
noción que tome el fondo del asunto como propuesta metodológica al
mismo tiempo que como propuesta de contenido, de manera que al final
la conclusión esté determinada no sólo por la materia que aborda sino
también por la forma en la que a ella se accedió.
Sólo se puede garantizar en razón del respeto que se dispensa al
beneficiario de la garantía, en este caso, porque se parte de un concepto
de «persona humana» como un fin en sí mismo, lo que constituye desde
una primera etapa del análisis un condicionante para los términos de
dicho análisis. Esto es justamente lo que sucede con el funcionamiento
del Estado en el marco de un sistema político que se autodefine como
social, democrático, de derecho y de justicia; sistema al que por tales
características corresponde un Derecho Penal de naturaleza liberal,
mutualidad en la que se evidencia claramente la relación de interconexión
entre el sistema político y el sistema jurídico-penal de un país.
Sólo a partir del concepto de persona planteado por el liberalismo
se puede llegar a pensar en un Estado respetuoso de derechos y garantías.
Un modelo político en el que las propias características del sujeto le
permiten reconocer en las normas, puntuales limitaciones a sus espacios,
pero al mismo tiempo le permiten reconocer la posibilidad real y concreta
de mejores condiciones de convivencia, es un modelo político que
privilegia al sujeto en su máxima expresión como titular de derechos y
garantías.
Por esta razón queda claramente explicado que el Derecho Penal
no puede conformarse sólo con una legitimidad instrumental, sino que
exige además una legitimidad valorativa en la que se muestra el contenido
deontológico que limita el fin que se pretende obtener. Por ello, si tal fin
termina por desconocer dicho contenido deontológico, el inmediato
e irreversible efecto será la deslegitimación del Derecho Penal y, por
consiguiente, la de su instrumento de trabajo más contundente, la pena.
De esta manera el autor muestra en todo el desarrollo de su obra, la unidad
dialéctica y sistemática que debe reflejar la relación entre prevención,
sistema político y política criminal.