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Asprino Salas, M. La intervención administrativa en el control
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            previa,  que  puede  ser  consciente  o  no,  en  donde  media  un  avance
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            técnico»,  mientras que vincula la idea de peligro con la ocurrencia
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            de  eventos  naturales  o  primarios.   Señala  asimismo  este  autor,  que
            el origen del riesgo se encuentra siempre en una actividad humana
            que tiene una materialización técnica, pudiendo distinguirse en él un
            origen próximo que se encuentra en una tecnología o en sus productos
            y un origen remoto que está en la actividad humana que involucra dicha
            tecnología o producto. 9

                   Esta  conceptualización  del  riesgo  como  el  resultado  de
            acciones voluntarias del hombre es perfectamente compatible con el
            proceso de evolución de los riesgos experimentado por las sociedades
            humanas,  en  donde  las  amenazas  primigenias  contra  la  vida,  la
            seguridad  y  el  bienestar  de  las  personas  (procedentes  básicamente
            de  eventos  naturales)  han  dado  paso  al  surgimiento  de  una  nueva
            categoría  de  riesgos,  cuyo  origen  es  el  desarrollo  de  la  ciencia  y  la
            aplicación masiva de los avances tecnológicos.  De allí que éste sea
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            el sentido en que va a utilizarse el término a lo largo de este estudio,
            como  la  posibilidad  de  ocurrencia  de  un  daño  a  consecuencia  de
            una  actividad  humana  donde  interviene  un  avance  técnico  (riesgo
            tecnológico).
                   Los  riesgos  tecnológicos  son  de  una  gran  complejidad,
            difíciles de valorar y por ende, de gestionar y controlar. Están fuera
            del alcance comprensivo de cualquier operador jurídico, de cualquier
            instancia decisoria. Son en su mayoría desconocidos, inclusive para

            7   Esteve Pardo, J. De la policía administrativa a la gestión de riesgos. En Civitas: Revista Es-
            pañola de Derecho Administrativo. Civitas Ediciones, S.L., núm. 119. Julio/septiembre.
            2003. pp. 329 y 330.
            8  Otro especialista que emplea el término peligro en referencia a los procedentes de la
            naturaleza es Doménech Pascual. Cfr. Vid. Doménech Pascual, G. Derechos fundamen-
            tales y riesgos tecnológicos: el derecho del ciudadano a ser protegido por los poderes públicos.
            Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2006. p. 152.
            9  Esteve Pardo, J. De la policía administrativa a la gestión de riesgos… pp. 329 y 330.
            10  Al respecto, conviene recordar la denominación dada por Ulrich Beck de sociedades del
            riesgo global a las sociedades contemporáneas, en alusión a su significativo potencial de
            autodestrucción.  Cfr. Vid. Beck, U. Políticas ecológicas en la edad del riesgo.  Barcelona:
            El Roure, 1998. p. 120.
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