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Uzcátegui Angulo, A. y Aguilar Castro, V. Derechos Indígenas y Propiedad Intelectual
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            hace parte de la cosmovisión indígena, los que se hacen la pregunta
            ¿por  qué  los  indígenas  necesitan  de  tantas  tierras?,  comprendan
            el por qué de vincular la necesidad de un hábitat demarcado sobre
            el  cual  se  ejerza  pleno  poder,  bajo  las  formas  de  organización  y  la
            estructura político-social propia de cada pueblo indígena del estado
            Bolívar, constituye un mecanismo de resguardo de la ancestralidad e
            integridad cultural.

                   territorios  indígenas en  conflicto: la  demarcación  de
                   tierras indígenas inhabilitadas

                   La  demarcación  de  los  territorios  de  los  pueblos  y  comu-
            nidades  indígenas  de  Venezuela,  es  un  asunto  pendiente  de
            materialización por  parte del Estado venezolano. Contrario a  lo que el
            legislador   pretendía al  consagrar estos  derechos en  la Constitución
            de la República Bolivariana de Venezuela (en adelante CRBV) y a lo
            que  significaba  el compromiso de la sociedad venezolana y del Estado
            para con los pueblos y  comunidades indígenas  del país, el proceso de
            demarcación ha implicado la juridización de los conflictos existentes
            en los territorios indígenas, toda vez que, en la positivización se han
            creado  condiciones  adversas,  al  incluir  el  reconocimiento  de  los
            llamados  derechos  de  terceros  en  contraposición  con  los  derechos
            territoriales indígenas.
                   La demarcación, en tanto derecho reconocido  en el artículo
                                                               2
            119  de  la  CRBV,  se  traduce  en  un  derecho  (pendiente)  de  los
            pueblos y comunidades indígenas.  En lo que respecta al proceso de
            demarcación, como el de otorgamiento de los títulos de propiedad
            colectiva sobre las tierras, estos han sido superados en estos nueve (9)
            años de mora por parte del Estado, por la contrapropuesta de proceso
            de autodemarcación que han decidido emprender los propios pueblos
            y comunidades indígenas; y el caso del territorio del pueblo Pemon,
            constituye uno de los ejemplos representativos en el país, en tanto
            ejercicio del derecho reconocido (derecho a la tierra) materializado
            2  Derechos reconocidos son aquellos que se encuentran contenidos y garantizados en ins-
            trumentos jurídicos nacionales e internacionales.
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