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Uzcátegui Angulo, A. y Aguilar Castro, V. Derechos Indígenas y Propiedad Intelectual
164 Colectiva en Venezuela. Caso del Pueblo Pemon / pp. 161-201.
hace parte de la cosmovisión indígena, los que se hacen la pregunta
¿por qué los indígenas necesitan de tantas tierras?, comprendan
el por qué de vincular la necesidad de un hábitat demarcado sobre
el cual se ejerza pleno poder, bajo las formas de organización y la
estructura político-social propia de cada pueblo indígena del estado
Bolívar, constituye un mecanismo de resguardo de la ancestralidad e
integridad cultural.
territorios indígenas en conflicto: la demarcación de
tierras indígenas inhabilitadas
La demarcación de los territorios de los pueblos y comu-
nidades indígenas de Venezuela, es un asunto pendiente de
materialización por parte del Estado venezolano. Contrario a lo que el
legislador pretendía al consagrar estos derechos en la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela (en adelante CRBV) y a lo
que significaba el compromiso de la sociedad venezolana y del Estado
para con los pueblos y comunidades indígenas del país, el proceso de
demarcación ha implicado la juridización de los conflictos existentes
en los territorios indígenas, toda vez que, en la positivización se han
creado condiciones adversas, al incluir el reconocimiento de los
llamados derechos de terceros en contraposición con los derechos
territoriales indígenas.
La demarcación, en tanto derecho reconocido en el artículo
2
119 de la CRBV, se traduce en un derecho (pendiente) de los
pueblos y comunidades indígenas. En lo que respecta al proceso de
demarcación, como el de otorgamiento de los títulos de propiedad
colectiva sobre las tierras, estos han sido superados en estos nueve (9)
años de mora por parte del Estado, por la contrapropuesta de proceso
de autodemarcación que han decidido emprender los propios pueblos
y comunidades indígenas; y el caso del territorio del pueblo Pemon,
constituye uno de los ejemplos representativos en el país, en tanto
ejercicio del derecho reconocido (derecho a la tierra) materializado
2 Derechos reconocidos son aquellos que se encuentran contenidos y garantizados en ins-
trumentos jurídicos nacionales e internacionales.