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ANUARIO DE DERECHO. Año 26, N° 26. Enero-diciembre 2009. Mérida-Venezuela.   159
            ISSN:0076-6550.


            abandonando el anonimato por una partricipación franca y activa en la
            que el reclamo por el respeto de los derechos es la actitud abanderada.
            *El hecho de que a nivel económico exista la tendencia a afianzar la
            separación de las clases sociales, exige que en materia jurídica el Estado
            reformule  sus  políticas  criminales  para  poder  dar  cumplimiento  al
            modelo de Estado Social y Democrático de Derecho, pero al mismo
            tiempo Habermas (1998) reconoce la incapacidad del Derecho como
            forma  de  organización  social  en  las  sociedades  contemporáneas
            debido a su nivel de complejidad. *La concepción de la justicia como
            ideal común adquiere un nuevo significado. *La búsqueda de la paz se
            reconforta en mínimas exigencias para el control, pero de profundo
            contenido humano, tal es el caso de situaciones que históricamente se
            prohibieron porque agredían el sentido de pertenencia a un espacio
            físico  determinado  o  que  materialmente  respondían  a  un  modelo
            territorialista de la conducta o del comportamiento del hombre en
            sociedad, y que ahora pierden fuerza jurídica como comportamientos
            prohibidos y comienzan a abandonar su contenido pernicioso. *Todo
            esto se traduce en voltear la mirada a la condición humana desde una
            perspectiva mucho más particular de la que hasta ahora ha imperado
            en los sistemas jurídicos, obligándonos a construir modelos jurídicos
            que se valgan de nuevas herramientas como diálogos interpersonales
            más directos y donde las condiciones de interacción humana entre
            los  seres  individuales  y  grupales  estén  claramente  definidas.  *La
            globalización  pone  al  descubierto  una  inmensa  gama  de  nuevos
            eventos -clonación y modificación del código genético de  los seres
            vivos, alquiler de vientres, la actividad de hackers y crackers en los
            modelos automatizados, fraudes electrónicos en sus distintas formas
            de aparición, nuevos modelos de regulación en el derecho de autor
            en base a la automatización de bibliotecas completas que están a la
            disposición en la web, por solo mencionar algunos- que el Derecho
            está  llamado  a  regular  aunque  no  cuente  en  el  presente  con  las
            herramientas para hacerlo. El Derecho está obligado a estar de cara a
            estas nuevas realidades, de lo contrario está destinado a morir como
            forma social de organización.
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