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158 Bolaños González, M. ¿Es Posible un Acercamiento Ético en el
Proceso de Globalización? / pp. 147-169
espacio y frontera. Ambas nociones se han desdibujado en esta nueva
realidad, permitiendo que todo tipo de operaciones y transacciones
legales o ilegales se produzcan de una forma desterritorializada y
en consecuencia sin la posibilidad de la intervención reguladora
del Estado tal y como la conocíamos, exigiendo en su lugar nuevas
formas estratégicas de alianzas interestales para regular de forma
mancomunada estas nuevas realidades. Estamos siendo testigos
de un descentramiento del Estado, de la explosión de la unidad
de la acción estatal y de su Derecho y del surgimiento de distintos
modos de juridicidad (Boaventura, 1997). Ya los estados no son más
individualidades aisladas y sus formas de interacción en la comunidad
internacional deben respetar este nuevo modelo, porque a fin de
cuentas la globalización no es una escogencia, es el nuevo modelo del
orden mundial de existencia.
a nivel político: *La relación e interacción de un estado
con otro no puede verse de manera simplista. *Desaparece el Estado
omnipresente para dar paso a un Estado más abierto y permeable a
los fenómenos propios del macro proceso que es la globalización y
del que ya es parte, lo que implica entre otras cosas asumir que las
restricciones a las que quizá mostró cierta reticencia hace un tiempo
atrás, se diluyen irremediablemente como parte del costo que implica
ser miembro de la comunidad internacional de naciones. La forma
normal de interacción entre los países es el consenso. Las formas
definidas de nacionalismos se convirtieron en modelos anacrónicos
para la fundamentación de las relaciones internacionales, obligando a
los países a intervenir en procesos dinámicos de interacción.
En el área jurídica: *En el caso del Derecho como instrumento
de control social del Estado, se produce un sentimiento de « …
incapacidad del cumplimiento de sus objetivos a partir de las fórmulas
que fueron diseñadas para el Estado – Nación» (Bergalli, 2001, p,46),
pues tales fórmulas responden a la naturaleza del fenómeno que con
ellas se pretende regular y que hoy se presenta en franco proceso de
transformación. *El proceso de creación de las normas jurídicas exige
de cada individuo una respuesta de mayor presencia y contundencia,