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ANUARIO DE DERECHO. Año 30 N° 30. Enero-diciembre 2013. Mérida-Venezuela.   181
            ISSN:0076-6550.
            del contribuyente. Además de incumplir con el principio de la capacidad
            económica, la legalidad, y la igualdad.

            Puesto que, estos derechos, garantías y principios tienen carácter consti-
            tucional, son de obligatorio cumplimiento; cualquier acto realizado por
            un órgano público, ya sea administrativo o judicial, que viole estos dere-
            chos estaría viciado desde su inicio por lo cual no surte efectos sobre el
            particular.


            La administración tributaria como órgano público está supeditada al res-
            peto de lo establecido en la carta magna, ya que todos deben regirse por
            ella. Entre sus funciones, se destaca el cumplimiento de la ley, garantizan-
            do los derechos y principios que se puedan aplicar en materia tributaria.



            4. CONCLUSIONES


            El éxito de la aplicación de los recursos recae directamente en su oportu-
            na interposición y clara explicación de los fundamentos de hecho y dere-
            cho que la sustentan.


            Es necesario que la Administración Tributaria emplee procedimientos
            de fiscalización que se adapten a las necesidades individuales de cada
            contribuyente, a fin de reducir los errores en la determinación del tributo
            y por consiguiente minimizar costos y tiempo invertidos en la revisión,
            corrección y anulación de actos administrativos.

            La Administración debe concientizar a los contribuyentes que el cum-
            plimiento de las obligaciones tributarias es un deber constitucional que
            le proporciona beneficios al mismo, por la inversión de los tributos re-
            caudados para satisfacer las necesidades del colectivo. Para disminuir la
            imposición de sanciones por los ilícitos y evasiones cometidas.


            Para cumplir con sus funciones de fiscalización y control de los tributos,
            la Administración Tributaria debe interactuar directamente con el con-
            tribuyente a través de procedimientos para la determinación de la obliga-
            ción tributaria; estas actuaciones deben estar dentro del marco legal, para
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