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ANUARIO DE DERECHO. Año 29, N° 29. Enero-diciembre 2012. Mérida-Venezuela.
ISSN:0076-6550. 217
personas obtengan la pensión del IVSS homologada al salario mínimo en
el futuro. Obviamente, se deben diseñar mecanismos que tengan en cuenta
las características particulares de este sector, como lo es la ausencia de
patrono, que faciliten la afiliación al sistema y el pago de cotizaciones.
Asimismo, en lugar de implementar programas como la Gran Misión
En Amor Mayor Venezuela, el gobierno nacional debería proporcionar mayor
apoyo al Régimen Prestacional de Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras
Categorías de Personas, dando cumplimiento efectivo a la Ley de Servicios
Sociales, lo que no está ocurriendo; de hecho, con la creación de este Misión,
una de las principales tareas del INASS, como lo es el otorgamiento de
asignaciones económicas a los adultos mayores le es arrebatada.
También, es fundamental evitar la duplicidad, yuxtaposición de
beneficios y la dispersión de los recursos, para ello, el IVSS debe establecer
mecanismos de coordinación con los estados y municipios. La Ley de
Servicios Sociales prevé la conformación del Registro de Beneficiarios y
Beneficiarias de Asignaciones Económicas, de manera que la protección,
aunque limitada, llegue a un mayor número de personas evitándose el
solapamiento de las prestaciones del IVSS, del gobierno nacional, de los
estados y de los municipios. En este sentido, también está previsto en el
marco de la Gran Misión en Amor Mayor Venezuela, el Registro Nacional
de personas adultas mayores que viven en hogares cuyos ingresos son
inferiores al salario mínimo nacional.
Otro problema que hay que atacar es el relacionado con la calidad
de las prestaciones, pues sus montos aún siendo equivalentes al salario
mínimo, en el caso de las pensiones del seguro social, de las jubilaciones
y pensiones en el sector público y de las previstas en los Decretos antes
mencionados, están muy por debajo del costo de la canasta alimentaria
que para noviembre de 2011, según cálculos del Centro de Documentación
y Análisis para los Trabajadores (CENDA), se situó en 3.288,29 Bs.F.,
equivalentes a 764,71 US Dólares, mientras la canasta básica alcanzaba
6.145,70 Bs.F., es decir, 1.429,23 US Dólares (a la tasa de cambio oficial
de Bs.F. 4,30 por US Dólar), al tiempo que la inflación supera el 20%.
Las pensiones homologadas a salario mínimo además de ser
insuficientes, se convierten en un desestímulo para los que contribuyen, pues
al final de su vida laboral, independientemente del monto del último salario
o del salario promedio de los últimos años de servicio, reciben la misma
pensión que aquel que nunca cotizó y goza de una prestación asistencial.