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ANUARIO DE DERECHO. Año 27, N° 27. Enero-diciembre 2010. Mérida-Venezuela.
ISSN:0076-6550. 183
marcas, con las mismas técnicas utilizadas en el desarrollo de los
mapas mentales, en las siguientes etapas:
1. Titularidad
En lo que respecta a la Marca Colectiva FIEB, se discutió
y aprobó en el seno de la Asamblea General Indígena, órgano
competente de la Federación de Indígenas del Estado Bolívar, que ésta
reposara en cabeza de la FIEB - entidad independiente legalmente
conformada -, en consideración a que la referida asociación, además
de apoyar y acompañar los diferentes pueblos que la integran en los
procesos de autodemarcación de sus hábitat, es la institución que
representa los intereses de todos los pueblos indígenas asentados
en el estado Bolívar, lo que garantiza el uso colectivo de la Marca
Colectiva FIEB, por parte de todos los pueblos indígenas que de
forma individual o agrupados en asociaciones, cooperativas, unidades
de producción, etc., elaboren, comercialicen productos artesanales o
presten servicios, siempre que cumplan con las exigencias establecidas
en el Reglamento de uso de la referida marca.
Con relación a la Marca de Certificación «Auténtico
Pemon», igualmente fueron discutidos y aprobados en el seno de las
comunidades indígenas de los diversos sectores del pueblo Pemon,
conjuntamente con los miembros de la junta directiva de la FIEB, los
beneficios de que recayera sobre la FIEB la responsabilidad de solicitar
el registro de la Marca de Certificación «Auténtico Pemon», en
representación de los sectores que conforman el pueblo Pemon como
un derecho colectivo de conformidad con lo establecido en la LOPCI.
Esto fue aprobado en los referidos términos, siendo la FIEB, en tal
condición la encargada de solicitar el registro, administrar y controlar
el uso de la referida marca, con facultades para establecer todos
aquellos instrumentos jurídicos y comerciales que correspondan al
titular de la misma.