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ANUARIO DE DERECHO. Año 27, N° 27. Enero-diciembre 2010. Mérida-Venezuela.
ISSN:0076-6550. 259
INSTRUCCIONES PARA LOS ÁRBITROS
El Anuario de Derecho, es una revista internacional arbitrada que
permite la publicación de trabajos de investigación originales, reseñas,
estudios comparativos de instrumentos jurídicos, proyectos de ley,
análisis de normas y cualquier otro tipo de trabajo de investigación que
cumpla con las normas generales de elaboración de trabajos científicos en
el área de las ciencias jurídicas y afines.
Una de las labores de mayor importancia para el Comité
Editorial del Anuario, es el seguimiento, revisión y certificación del
material publicar como garantía de calidad editorial, para lo cual se han
diseñado mecanismos orientados hacia el examen por agentes externos,
razón por la cual, los artículos serán evaluados mediante el arbitraje ciego,
por especialistas en el área respectiva.
Los aspectos principales a calificar por los árbitros son: por
un lado, el cumplimiento de aspectos formales (referencias, redacción,
sintaxis, entre otros) y, por el otro, la originalidad, pertinencia
y actualidad de la temática abordada, utilización de bibliografía
actualizada, coherencia del contenido - introducción, desarrollo y
conclusiones o reflexiones finales - aporte al conocimiento y cualquier
otro aspecto establecido como norma por el Comité Editorial del
Anuario y debidamente comunicada a los colaboradores. Para ello, se le
entregará al árbitro, además del material a evaluar, una planilla en la que
plasmará sus observaciones, comentarios y veredicto.
En tal sentido, cualquier aspecto que el árbitro especialista deba
escribir o destacar sobre el trabajo evaluado, se colocará en el área de
observaciones de la planilla respectiva y constará dentro de los archivos
físicos del Anuario. El veredicto, de acuerdo con la planilla, reflejará si un
trabajo es: aceptado sin modificaciones, con modificaciones de forma
o no publicable. Cualquiera que sea la decisión del árbitro deberá ser
establecida por escrito, sustentada con argumentación sólida, constructiva,
objetiva, concreta y, de ser posible, con indicación del número de página
o párrafo en el cual considera que existe el problema, a fin de comunicar
al autor de la colaboración las observaciones planteadas.